Llamar por Skype (Ventas)
Compartir en Facebook
PROVIDENCIA NO. 099 PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ADQUISICIÓN DE DIVISAS DESTINADAS AL PAGO DE CONSUMOS EN EL EXTERIOR
Providencia No. 099 de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), publicada el viernes 27 de noviembre de 2009 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.316.
Cabe destacar que si Ud. tiene un viaje programado a partir del 1ero. de enero de 2010, podrá solicitar la autorización para el pago con su Tarjeta de Crédito en el exterior a partir del 10 de diciembre de 2009, en la Agencia Bancaria de su preferencia.
Por otra parte, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) podrá autorizar un monto máximo de USD$ 3.000 o su equivalente en otras divisas por año a cada usuario, para el pago con tarjetas de crédito de consumos en el exterior. Este monto se determinará de acuerdo con la duración y el destino del viaje:
| |||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||
| |||||||||||||||||
|
| |||||||||||||||||
| |||||||||||||||||
|
|
Asimismo, le informamos que la Providencia No. 099 de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) contempla la entrega en efectivo a los menores de edad, a solicitud de su representante legal. Para lo cual Ud. debe consignar los siguientes recaudos en su Agencia Bancaria:
- Partida de nacimiento del menor o documento público que demuestre el vínculo. Si el documento es emitido por una autoridad en el extranjero debe estar apostillado y traducido por un intérprete público en caso de que no esté en español.
- Fotocopia del pasaje aéreo, marítimo o terrestre de ida y vuelta del usuario.
- Fotocopia de la cédula de identidad del padre, madre o persona que solicite las divisas en nombre del menor.
- Fotocopia de la cédula de identidad del menor si es mayor de nueve años.
- Fotocopia del pasaporte vigente y de la Visa cuando corresponda.




